La Corte Suprema de Justicia de la Nación le propinó un nuevo revés judicial al gobierno de Javier Milei al rechazar una presentación del Estado nacional en la causa impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que reclama el cumplimiento de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y la recomposición salarial de docentes y nodocentes.
La decisión quedó plasmada en un fallo firmado el 4 de junio, mediante el cual el máximo tribunal desestimó la queja presentada por el Poder Ejecutivo contra resoluciones previas que habían rechazado la recusación del juez federal Diego Martín Cormick y de un magistrado de la Cámara Contencioso Administrativa Federal.
La Corte incorporó miles de adhesiones al reclamo universitario
En el mismo expediente, la Corte Suprema resolvió incorporar una Carta Abierta respaldada por más de 5.700 firmas de docentes, investigadores, organizaciones sociales, académicos, integrantes del sistema científico y referentes del ámbito educativo.
La incorporación del documento fortalece el reclamo judicial iniciado por el CIN, que exige al Estado nacional garantizar los recursos necesarios para el funcionamiento de las universidades públicas, incluyendo salarios, gastos operativos y becas de investigación.
Según datos presentados por los demandantes, los salarios de docentes y nodocentes universitarios acumulan una pérdida del 52% de su poder adquisitivo desde la asunción de Javier Milei, mientras que los fondos destinados al funcionamiento de las universidades registran un ajuste cercano al 45%.

Crece la expectativa por un fallo adverso al Gobierno
La percepción de que el desenlace judicial podría resultar desfavorable para el Ejecutivo se profundizó en las últimas semanas.
Por un lado, el Gobierno convocó a representantes universitarios para intentar abrir una negociación y ofreció recuperar el 24% de la pérdida salarial sufrida por docentes y nodocentes. La propuesta fue rechazada por las universidades, que sostienen que la recomposición resulta insuficiente frente al deterioro acumulado.
Por otro lado, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, adoptó un tono defensivo al referirse al litigio y afirmó que “no nos pueden obligar a pagar el financiamiento universitario”, una declaración que generó fuerte polémica en el ámbito académico.
El origen de la demanda contra el Estado
La controversia judicial se originó a partir de un amparo colectivo presentado por el CIN y rectores de universidades nacionales contra el Decreto 759/2025.
Mediante esa norma, el Gobierno estableció que la Ley de Financiamiento Universitario solo podría ejecutarse una vez identificada una fuente específica de recursos e incorporadas las partidas correspondientes al presupuesto nacional.
Los demandantes sostienen que esa decisión vulnera una ley vigente y solicitaron a la Justicia que ordene al Estado garantizar los fondos necesarios para el funcionamiento del sistema universitario público.

La Corte rechazó los intentos de apartar a los jueces
Durante el proceso, el Estado nacional intentó apartar al juez Diego Martín Cormick argumentando que ejerce la docencia en universidades públicas incluidas dentro del colectivo demandante.
También cuestionó la participación de otro magistrado de Cámara por motivos similares e incluso solicitó que los propios integrantes de la Corte Suprema se excusaran de intervenir en la causa por desempeñar actividades académicas en universidades nacionales.
Sin embargo, el máximo tribunal rechazó todos esos planteos.
En su resolución, los jueces sostuvieron que “no se ha acreditado elemento alguno que configure una causal de excusación” y remarcaron que la actividad docente en una universidad pública no implica automáticamente un interés personal, directo o relevante en el resultado del litigio.
Asimismo, recordaron que los mecanismos de recusación y excusación son excepcionales y deben interpretarse de manera restrictiva para preservar el principio constitucional del juez natural.
“La actividad docente en una universidad pública no implica necesariamente un interés personal, directo y relevante en el resultado del litigio”, señalaron los magistrados.
La causa seguirá avanzando
Otro aspecto central del fallo fue el rechazo al pedido del Gobierno para que los ministros de la Corte se apartaran del expediente.
El tribunal sostuvo que la facultad de excusación corresponde exclusivamente a los magistrados y no puede ser impulsada por las partes involucradas en el proceso.
Finalmente, la Corte concluyó que el recurso extraordinario presentado por el Estado no estaba dirigido contra una sentencia definitiva ni equiparable a tal, por lo que resolvió desestimar la queja.
Con esta decisión, la causa por el financiamiento universitario continuará su trámite judicial con los mismos jueces cuestionados por el Poder Ejecutivo y se acerca a una instancia decisiva que podría tener un fuerte impacto político, presupuestario e institucional para el Gobierno nacional.

